El organismo señala que esta revisión de oficio viene motivada por la sentencia de 21 de diciembre de 2017 del Tribunal Constitucional en la que se declaró la nulidad e inconstitucionalidad de los efectos económicos de la extinción de la concesión del almacenamiento subterráneo, previstos en el Real Decreto-Ley 13/2014, de 3 de octubre, tras la renuncia de su titular, Escal.
La CNMC considera que la nulidad del citado decreto privó de base legal a las cantidades reconocidas y a los pagos efectuados con arreglo al mismo, obligando con ello a revisar los pagos realizados.
Según el organismo, la declaración de nulidad de pleno derecho de las liquidaciones determina la obligación de los interesados de reintegrar al sistema de liquidaciones de las actividades reguladas del sistema de gas natural los importes recibidos.
En concreto, de la cifra total, Escal, firma controlada por ACS en un 66,67 por 100, deberá reintegrar 195 millones de euros, Banco Santander 71,9 millones, CaixaBank 48 millones, Enagás 32,4 millones y Bankia 21,1 millones de euros.
En el caso de Enagás, recibió esta retribución en concepto de pago por los costes de los trabajos de hibernación y de mantenimiento de la infraestructura en condiciones de seguridad.
El pasado mes de enero, Santander, Caixabank y Bankia presentaron una demanda contra el Estado ante el Tribunal Supremo por los 1.350 millones de euros que aportaron para facilitar el cierre del almacén de gas Castor y que el Gobierno se comprometió a devolver en 30 años. 08/07/2019