De acuerdo con lo establecido en el la Ley 24/1988 del Mercado de Valores, Naturgy ha comunicado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, una Información Relevante a propósito del laudo dictado por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) en el procedimiento de arbitraje de protección de inversiones iniciado por Unión Fenosa Gas.
Así, la compañía señala que la sociedad participada al 50 por 100 por Naturgy UFG, propietaria de la planta egipcia de Damietta, ha recibido el favorable laudo arbitral del CIADI, institución dependiente del Banco Mundial, que resuelve así la demanda presentada en 2014, fallando contra la República Árabe de Egipto por la falta de suministro a las instalaciones de licuefacción de UFG en Damietta.
El laudo estima que no se concedió al inversor el trato justo y equitativo exigido por el Tratado bilateral España-Egipto de protección de inversiones, por lo que condena a Egipto al pago de 2.013 millones de dólares (más de 1.700 millones de euros), después de impuestos y antes de intereses.
Naturgy señala que confía en que este laudo arbitral permita alcanzar un acuerdo global y poner en valor su inversión en Egipto a través de un acuerdo comercial y el restablecimiento del suministro de gas a la planta.
Este laudo demuestra, según destaca Naturgy, la efectividad en los procedimientos de resolución de conflictos internacionales como instrumento eficaz para asegurar la protección de inversiones internacionales. 03/09/2018