Europa endurece las normas de tratamiento de aguas residuales urbanas

Los negociadores del Consejo y del Parlamento Europeo han alcanzado hoy un acuerdo político provisional sobre una propuesta para revisar la Directiva sobre el tratamiento de aguas residuales urbanas. La directiva revisada es uno de los resultados clave del plan de acción de contaminación cero de la UE.


Si bien la directiva actual ha demostrado ser muy eficaz para reducir la contaminación del agua y mejorar el tratamiento de los vertidos de aguas residuales durante las últimas tres décadas, esta revisión tiene como objetivo actualizar la directiva ampliando su alcance y alineándola con los objetivos del Pacto Verde Europeo.

Al reconocer el potencial del sector del tratamiento de aguas residuales para contribuir a reducir significativamente las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) de la UE, las nuevas normas introducen un plazo para alcanzar la neutralidad energética en el sector, así como un sistema de responsabilidad ampliada del productor (REP) para garantizar una contribución justa de los sectores más contaminantes hasta el tratamiento de aguas residuales en busca de microcontaminantes.

El acuerdo es provisional a la espera de su adopción formal por parte de ambas instituciones.

Para abordar la contaminación procedente de las pequeñas aglomeraciones, los colegisladores ampliaron el ámbito de aplicación de la Directiva para incluir todas las aglomeraciones a partir de 1.000 habitantes equivalentes de población frente a las de 2.000 que recoge la directiva actual. A efectos de la presente Directiva, el equivalente de población es un parámetro utilizado para definir las cantidades de aguas residuales en términos de la carga potencial de contaminación del agua causada por una persona al día, siendo "un equivalente de población" la carga orgánica biodegradable diaria que tiene una duración bioquímica de cinco días. Demanda de oxígeno de 60 g de oxígeno por día.

Sistemas de recogida de aguas residuales y planes de gestión

Los colegisladores acordaron que la obligación de instalar sistemas de recogida de aguas residuales urbanas debería ampliarse a todas las aglomeraciones que superan los 1.000 habitantes equivalentes. También pospusieron el plazo para el cumplimiento de esta obligación de 2030 a 2035 para dar tiempo suficiente para adaptarse a los nuevos requisitos.

Si el establecimiento de un sistema colector no está justificado, es factible o rentable, los Estados miembros pueden utilizar sistemas individuales para recoger y tratar las aguas residuales urbanas.

El texto fija plazos para que los Estados miembros establezcan un plan integrado de gestión de aguas residuales urbanas que abarque aglomeraciones de más de 100.000 habitantes para 2033 y las aglomeraciones en riesgo entre 10.000 y 100.000 habitantes de aquí a 2039. Dichos planes de gestión integrada se revisarán al menos cada seis años, de conformidad con la Directiva Marco del Agua.

Tratamientos de aguas residuales

El Consejo y el Parlamento ampliaron a todas las aglomeraciones que superan los 1.000 habitantes la obligación de aplicar un tratamiento secundario (es decir, la eliminación de la materia orgánica biodegradable) a las aguas residuales urbanas antes de su vertido al medio ambiente para 2035. 

Los colegisladores también armonizaron los umbrales y los plazos para el tratamiento terciario (es decir, la eliminación de nitrógeno y fósforo) y el tratamiento cuaternario (es decir, la eliminación de un amplio espectro de microcontaminantes). De aquí a 2039 y 2045, respectivamente, los Estados miembros deberán garantizar la aplicación del tratamiento terciario y cuaternario en instalaciones de mayor tamaño, por encima de 150.000 habitantes, con objetivos intermedios en 2033 y 2036 para el tratamiento terciario y en 2033 y 2039 para el tratamiento cuaternario.

Así mismo, acordaron ampliar las obligaciones de tratamiento terciario y cuaternario hasta 2045 para aglomeraciones inferiores a 10.000 habitantes y por encima de esa cifra en áreas más sensibles. Introdujeron una excepción al requisito del tratamiento terciario cuando las aguas residuales urbanas tratadas se reutilizan para riego agrícola, siempre que no existan riesgos ambientales y sanitarios.

Responsabilidad ampliada del productor

Para cubrir los costes adicionales que implica el tratamiento cuaternario y de conformidad con el principio de "quien contamina paga", los fabricantes de productos farmacéuticos y cosméticos que provocan la contaminación de las aguas residuales urbanas por microcontaminantes tendrían que contribuir con un mínimo del 80 % de los costes de este tratamiento adicional, a través de un plan de responsabilidad ampliada del productor (RAP).

Los colegisladores acordaron dejar a los Estados miembros cierta flexibilidad sobre cómo asignar los costes restantes. Los costes de recopilación y verificación de datos sobre los productos comercializados también deberán correr a cargo de los productores. Además, encargaron a la Comisión que evaluara el impacto potencial de esta disposición en la accesibilidad y asequibilidad de los medicamentos.

Neutralidad energética y energías renovables

Los colegisladores coincidieron en que el sector del tratamiento de aguas residuales urbanas podría desempeñar un papel importante a la hora de reducir significativamente las emisiones de GEI y ayudar a la UE a alcanzar su objetivo de neutralidad climática. Introdujeron un objetivo de neutralidad energética, lo que significa que para 2045 las plantas de tratamiento de aguas residuales urbanas tendrán que producir energía a partir de fuentes renovables, basándose en auditorías energéticas periódicas, con objetivos intermedios progresivos. Esta energía se puede producir dentro o fuera del sitio, y hasta el 35% de la energía no fósil se puede comprar de fuentes externas. Este porcentaje sólo se aplica al objetivo final.

Próximos pasos

El acuerdo provisional se presentará ahora a los representantes de los Estados miembros en el Consejo (Coreper) y a la comisión de medio ambiente del Parlamento para su aprobación. Si se aprueba, el texto deberá ser adoptado formalmente por ambas instituciones, previa revisión por parte de juristas lingüistas, antes de que pueda publicarse en el Diario Oficial de la UE y entrar en vigor. 29/01/2024

Portada edición número 355
Estanques y fuentes del Parque Central, Ayuntamiento de Valencia, Capital Verde Europea 2024


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