Estas orientaciones ayudarán a integrar sistemáticamente las consideraciones climáticas en la inversión y el desarrollo futuros de proyectos de infraestructura, desde los edificios hasta las infraestructuras de red, pasando por toda una gama de sistemas y activos construidos. De este modo, los inversores europeos, tanto institucionales como privados, podrán tomar decisiones con conocimiento de causa sobre los proyectos que se consideran compatibles con el Acuerdo de París y los objetivos climáticos de la UE.
Las orientaciones adoptadas ayer ayudarán a la UE a dar cumplimiento al Pacto Verde Europeo, a aplicar los requisitos de la Ley Europea del Clima y a ecologizar el gasto de la UE. Van parejas a la trayectoria de reducción en un 55 % de las emisiones netas de gases de efecto invernadero de aquí a 2030 y del objetivo de neutralidad climática para 2050; se ajustan a los principios de «anteponer la eficiencia energética» y «no causar ningún perjuicio significativo», y cumplen los requisitos establecidos en la legislación correspondiente a varios fondos de la UE, como InvestEU, el Mecanismo «Conectar Europa» (MCE), el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), el Fondo de Cohesión (FC) y el Fondo de Transición Justa (FTJ).
Los efectos del cambio climático están repercutiendo ya en activos e infraestructuras de larga vida útil, como ferrocarriles, puentes o centrales eléctricas, y se prevé que este fenómeno se intensifique en el futuro. Debe prestarse una especial atención, por ejemplo, a la construcción en zonas que puedan verse afectadas por el aumento del nivel del mar; del mismo modo, la resistencia térmica de las vías ferroviarias debe tener más bien en cuenta la temperatura máxima prevista, más elevada, que los valores históricos. Es por lo tanto esencial determinar claramente —y adoptar las decisiones de inversión consiguientes— las infraestructuras que están preparadas para un futuro de neutralidad climática y de resiliencia frente al cambio climático.
La protección climática es un proceso que integra medidas de mitigación del cambio climático y de adaptación a este en el desarrollo de los proyectos de infraestructura . Las orientaciones técnicas adoptadas ayer establecen principios y prácticas comunes para identificar, clasificar y gestionar riesgos climáticos físicos a la hora de planificar, desarrollar, ejecutar y supervisar proyectos y programas de infraestructura. El proceso se divide en dos pilares (mitigación y adaptación) y dos fases (escrutinio y análisis detallado); la documentación y la verificación de los formularios de resiliencia frente al cambio climático se consideran una parte esencial del conjunto de criterios para la adopción de decisiones de inversión.
En concreto, en el caso de las infraestructuras cuya vida útil se prolongue más allá de 2050, las orientaciones establecen que la explotación, el mantenimiento y la clausura final de cualquier proyecto deben llevarse a cabo de manera climáticamente neutra, solución que puede incluir consideraciones de economía circular, como el reciclado o la asignación de los materiales a nuevos fines. La resiliencia frente al cambio climático de los nuevos proyectos de infraestructura debe garantizarse mediante medidas de adaptación adecuadas, basadas en una evaluación del riesgo climático.
En la Comunicación de la Comisión (2021/C 280-01) se ofrecen orientaciones técnicas adicionales sobre la forma de conseguir que las inversiones distintas de las destinadas a infraestructuras sean resilientes al cambio climático. 30/07/2021