Si bien la legislación vigente de la UE ya ha limitado considerablemente el uso de estos gases y sustancias, las nuevas normas reducirán aún más sus emisiones a la atmósfera y contribuirán en mayor medida a limitar el aumento de la temperatura mundial, en consonancia con el Acuerdo de París.
Gases fluorados
Con las nuevas normas, el consumo de hidrofluorocarburos se habrá eliminado por completo en 2050. Por otra parte, la producción de hidrofluorocarburos, en concreto los derechos de producción asignados por la Comisión, se reducirá progresivamente hasta un mínimo (el 15 %) a partir de 2036. Tanto la producción como el consumo se reducirán progresivamente con arreglo a un calendario estricto con una asignación de cuotas decreciente (anexos V y VII).
El texto introduce la prohibición total de comercializar productos y aparatos que contengan hidrofluorocarburos pertenecientes a varias categorías para las cuales es viable, desde el punto de vista tecnológico y económico, pasarse a alguna alternativa a los gases fluorados, por ejemplo, determinados frigoríficos domésticos, enfriadores, espumas y aerosoles. También establece fechas específicas para completar la eliminación gradual del uso de gases fluorados en el aire acondicionado, las bombas de calor y los conmutadores:
- 2032 para las pequeñas bombas de calor y aire acondicionado de tipo monobloque (<12kW);
- 2035 para los equipos de aire acondicionado y bombas de calor partidos, con plazos más cortos para determinados tipos de sistemas divididos con mayor potencial de calentamiento atmosférico;
- 2030 para la aparamenta eléctrica de media tensión (hasta 52 kV) dependiente de gases fluorados;
- 2032 para la aparamenta eléctrica de alta tensión (>52 kV).
A más tardar el 1 de enero de 2030, la Comisión revisará las consecuencias y efectos del Reglamento evaluando, en particular, la existencia de alternativas rentables, técnicamente viables y suficientemente disponibles para sustituir los gases fluorados. La Comisión tendrá que evaluar asimismo, de aquí a 2040, la viabilidad de la fecha de 2050 para eliminar progresivamente el consumo de hidrofluorocarburos, así como la necesidad de hidrofluorocarburos en los sectores en los que siguen utilizándose, teniendo en cuenta los avances tecnológicos y la existencia de alternativas.
Sustancias que agotan la capa de ozono
El Reglamento prohíbe casi todos los usos de las sustancias que agotan la capa de ozono, con exenciones estrictamente limitadas.
El texto incluye una exención para el uso de estas sustancias como materia prima para producir otras sustancias. Se encomendará a la Comisión que actualice periódicamente una lista de sustancias que agotan la capa de ozono cuyo uso como materia prima está prohibido. El texto también permite utilizarlas en condiciones estrictas como agentes de transformación, en laboratorios y para la protección contra incendios en aplicaciones especiales, como equipos militares y aviones.
El Reglamento amplía el requisito de recuperar las sustancias que agotan la capa de ozono para su destrucción, reciclado o regeneración para sectores como el de los materiales de construcción (espumas aislantes), los equipos de refrigeración, aire acondicionado y bombas de calor, los equipos que contienen disolventes o sistemas de protección contra incendios y de extinción de incendios, así como otros equipos en caso de que sea viable desde el punto de vista técnico y económico.
Siguientes etapas
Con la votación de hoy en el Consejo se concluye el procedimiento de adopción. El Consejo y el Parlamento Europeo deben ahora firmar ambos Reglamentos. Seguidamente, se publicarán en el Diario Oficial de la UE y entrarán en vigor 20 días después.
Efectos en el calentamiento global
Los gases fluorados de efecto invernadero, como los hidrofluorocarburos, los perfluorocarburos y el hexafluoruro de azufre, están presentes en gran variedad de productos utilizados en la vida diaria, por ejemplo, los frigoríficos, el aire acondicionado y los medicamentos. También se utilizan en bombas de calor y en la aparamenta de sistemas eléctricos. El efecto de los gases fluorados en el calentamiento global es hasta varios cientos de miles de veces superior al del CO2. En la actualidad, las emisiones de gases fluorados constituyen el 2,5 % de las emisiones totales de gases de efecto invernadero (GEI) de la UE pero, a diferencia de otras emisiones de GEI, se han duplicado entre 1990 y 2014.
Por otra parte, las sustancias que agotan la capa de ozono son sustancias químicas de origen humano que agujerean la capa de ozono protectora que absorbe la radiación ultravioleta (UV) del sol causante del cáncer y reduce la cantidad total de rayos ultravioletas que llegan a la superficie terrestre.
Ambas categorías ya están reguladas a escala de la UE mediante el Reglamento sobre gases fluorados de 2014 y el Reglamento sobre el ozono de 2009, respectivamente, con el fin de cumplir las obligaciones derivadas del Protocolo de Montreal (1987) y de la enmienda de Kigali conexa (2019).
En aras de una mayor coherencia con los objetivos establecidos en el Pacto Verde Europeo, y al objeto de seguir reduciendo las emisiones de estas sustancias perjudiciales, el 5 de abril de 2022 la Comisión adoptó sus propuestas de Reglamento sobre los gases fluorados y de Reglamento sobre las sustancias que agotan la capa de ozono. El Parlamento aprobó su posición sobre las propuestas el 30 de marzo de 2023, y el Consejo llegó a una orientación general el 5 de abril de 2023. Tras las negociaciones interinstitucionales, el 5 de octubre de 2023 los colegisladores alcanzaron un acuerdo provisional sobre ambos Reglamentos que ese mismo mes fue aprobado por el Coreper y la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria. El Parlamento adoptó formalmente su posición el 16 de enero de 2024. 29/01/2024