La Asociación Española del Gas (Sedigas) está satisfecha por la Sentencia del Tribunal Supremo, que anula la sanción impuesta por la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) por entender que existían prácticas restrictivas de la competencia en el sector del gas, relacionadas con la inspección de instalaciones.
El Tribunal Supremo ha fallado a favor de Sedigas. Dese Sedigas queremos expresar nuestra satisfacción por la resolución de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
La sentencia corrobora, tal y como defendía la Asociación e indicaba la Audiencia Nacional, que Sedigas no ha cometido prácticas anticompetitivas en el sector.
La sentencia da la razón en todos los extremos a Sedigas y deja claro que tanto las inspecciones periódicas, como los derechos de alta, enganche y verificación, como los servicios de atención de urgencias están exentos de prácticas anticompetitivas. 6/4/2017