El paquete de medidas para la descarbonización de los mercados del hidrógeno y del gas consta de sendas propuestas de Reglamento y Directiva que establecen normas comunes para los mercados interiores del gas natural, los gases renovables y el hidrógeno. Las propuestas tienen por objeto crear un marco regulador para la infraestructura y los mercados específicos del hidrógeno y la planificación de la red integrada. Asimismo, establecen normas para la protección de los consumidores y refuerzan la seguridad del abastecimiento.
Principales cambios introducidos por el Consejo en el Reglamento
El Consejo ha aclarado las normas sobre tarifas y descuentos para el hidrógeno y los gases renovables que pretendan acceder a la red del gas y ha concedido más flexibilidad a los Estados miembros para fijar dichas tarifas y descuentos. Por lo que respecta a los descuentos en las tarifas, ha hecho una diferenciación entre los gases renovables (descuento del 100 %) y los gases hipocarbónicos (descuento del 75 %) en la red de gas natural.
Por lo que se refiere a la certificación de los gestores de almacenamientos, la orientación general incorpora al texto las disposiciones del Reglamento sobre el Almacenamiento de Gas adoptado en junio de 2022. Establece un descuento del 100 % en las tarifas de transporte y distribución basadas en la capacidad para las instalaciones de almacenamiento subterráneo de gas y las instalaciones de gas natural licuado (GNL).
La orientación general permite la mezcla de hidrógeno en la red de gas natural hasta un máximo del 2 % en volumen (en lugar del 5 %) con el fin de garantizar la calidad uniforme del gas.
El Consejo ha añadido una cláusula de seguridad que permite a los Estados miembros adoptar medidas proporcionadas para limitar temporalmente las importaciones procedentes de Bielorrusia y Rusia.
El Consejo ha reforzado y mejorado las disposiciones relativas a las redes de hidrógeno limitadas geográficamente. Además, se ha incluido una cláusula de revisión en virtud de la cual se examinarán posibles normas para los futuros gestores de redes de transporte y gestores de redes de distribución en el mercado del hidrógeno, una vez que la infraestructura y el mercado del hidrógeno estén más desarrollados.
El Consejo ha suprimido muchas de las disposiciones relativas a la seguridad del suministro, ya que estas se abordan en diversos actos legislativos de emergencia adoptados en 2022, dejando margen para una mayor adecuación en el futuro.
Principales cambios introducidos por el Consejo en la Directiva
La orientación general añade a las definiciones de hidrógeno, gas y combustibles hipocarbónicos una mención al combustible fósil de referencia, establecido en la Directiva sobre Fuentes de Energía Renovables, para garantizar la igualdad de condiciones a la hora de determinar la huella total de emisiones de gases de efecto invernadero de los distintos gases.
Por lo que se refiere a la separación de las futuras redes de hidrógeno, los Estados miembros han mantenido la separación patrimonial plena como modelo por defecto, aunque también se permite, en determinadas condiciones, el modelo de gestor de redes de transporte independiente, en el que las empresas suministradoras de energía pueden seguir siendo propietarias y gestoras de las redes, pero a través de una filial.
Al tiempo que mantiene la firme ambición de proteger a los clientes, el Consejo ha introducido diversos cambios en las disposiciones relativas a los consumidores en lo que respecta al suministro de información, la facilidad a la hora de cambiar de proveedor y la rescisión en caso de ofertas agrupadas. Los Estados miembros dispondrán de mayor flexibilidad en lo que respecta a la implantación de sistemas de medición inteligente.
El Consejo ha prorrogado hasta 2035 la fase de transición para la aplicación de las normas detalladas para el hidrógeno.
El Consejo también ha añadido la posibilidad de intervención pública en la fijación de precios en caso de que se produzca una situación de emergencia, reflejando así lo dispuesto en la propuesta de revisión de la configuración del mercado de la electricidad, que también se está debatiendo actualmente. Esta referencia se adaptaría en función del resultado de las negociaciones sobre la configuración del mercado de la electricidad.
El Consejo ha añadido determinadas excepciones a algunas disposiciones para algunos Estados miembros con circunstancias particulares.
Siguientes etapas
Ahora que el Consejo ha alcanzado orientaciones generales sobre las propuestas, pueden dar comienzo las negociaciones con el Parlamento Europeo. Una vez alcanzado un acuerdo, ambas instituciones deberán adoptar formalmente los actos legislativos antes de su publicación en el Diario Oficial de la UE y de su entrada en vigor.
La Comisión presentó estas propuestas el 15 de diciembre de 2021, en el segundo lote de propuestas del paquete de medidas «Objetivo 55», que tiene por objeto armonizar la legislación de la UE en materia de clima y energía con el objetivo de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en al menos un 55 % para 2030 y alcanzar la neutralidad climática en 2050 a más tardar.
Propuesta de Reglamento
La propuesta de Reglamento tiene por objeto facilitar la incorporación de los gases renovables e hipocarbónicos, en particular el biometano y el hidrógeno, al mercado del gas de la UE. Para ello, exige que la infraestructura de gas natural existente integre el hidrógeno y los gases renovables, eliminando las tarifas para las interconexiones transfronterizas y reduciendo las tarifas en los puntos de inyección.
Establece normas para las redes transfronterizas de hidrógeno y disposiciones detalladas para facilitar la mezcla de hidrógeno con gas natural y gases renovables. Prevé una mayor cooperación regional por lo que respecta a la calidad del gas y promueve la cooperación para luchar contra los ciberataques a las redes energéticas de la UE.
Establece una obligación para los Estados miembros de incluir explícitamente el almacenamiento en sus evaluaciones de riesgos para la seguridad del suministro, tanto a nivel regional como nacional. La propuesta pretende facilitar la adquisición conjunta, con carácter voluntario, de reservas estratégicas.
Asimismo, propone crear una nueva Red Europea de Gestores de Redes de Hidrógeno (REGRH) para promover una infraestructura de hidrógeno específica, la coordinación transfronteriza y la construcción de redes de interconectores, así como para elaborar normas técnicas específicas.
Se prevé que las normas de mercado se apliquen en dos fases, antes y después de 2030.
Propuesta de Directiva
La propuesta de Directiva propone ampliar a las redes de hidrógeno los principios de la legislación de la UE por los que se rigen las redes de gas. La propuesta establece normas estrictas de protección de los consumidores que les permitan cambiar fácilmente de proveedor y elegir de forma preferente los gases renovables e hipocarbónicos frente a los combustibles fósiles.
Establece disposiciones relativas a los gestores de redes de transporte y distribución (incluida su separación), el acceso de terceros a la infraestructura de gas existente, la planificación de la red integrada y las autoridades reguladoras independientes.
También establece una nueva definición para el concepto de «hipocarbónico» e incluye nuevas disposiciones sobre la sostenibilidad y la certificación de los gases renovables e hipocarbónicos.
La propuesta prevé que los contratos a largo plazo para el suministro de gas natural fósil no reducido no puedan prorrogarse más allá de 2049 para evitar la dependencia de los combustibles fósiles y dar más cabida a los gases limpios en el mercado europeo del gas. 28/03/2023